Las personas con SIDA o hepatitis viral podrán jubilarse con 50 años de edad y 20 de aportes, antes podrán gozar de una pensión no contributiva vitalicia.
Con 60 votos positivos y uno negativo el del misionero Humberto Schiavoni (presidente del bloque del PRO) el Senado le dio sanción definitiva a la nueva Ley de Sida (C.D.- 2/22) que contaba con al aval de Diputados desde el pasado 5 de mayo (Notivida Nº 1287).
El proyecto aprobado declara de “interés público nacional” la respuesta integral e intersectorial a la infección por VIH, las Hepatitis Virales, la Tuberculosis y las Infecciones de Transmisión Sexual (ITS). Es decir, “los medicamentos, vacunas, procedimientos y productos médicos para la prevención, diagnóstico, tratamiento y cura” “serán de acceso universal, oportuno y gratuito”, en el ámbito público y en el privado.
Las personas con SIDA o hepatitis viral podrán jubilarse con 50 años de edad y 20 de aportes. Si están en condiciones de vulnerabilidad, desde los 18 años gozarán de una pensión no contributiva vitalicia compatible con otros beneficios sociales.
Se prohibirá la oferta y la realización de la prueba diagnóstica de VIH, Hepatitis Virales y otras ITS en los exámenes médicos preocupacionales y se le garantizará a los enfermos la estabilidad laboral, no se los podrá despedir o suspender. Habrá sanciones para los infractores. Se creará una Comisión Nacional de VIH, Hepatitis Virales, Tuberculosis e ITS, integrada por funcionarios y miembros de organizaciones que trabajan en la temática. También un Observatorio Nacional sobre Estigma y Discriminación por VIH, Hepatitis Virales e ITS en la órbita del INADI para “visibilizar, documentar, disuadir y erradicar las vulneraciones a los derechos humanos de las personas afectadas”.