Con varias publicaciones en la página de Itu Gobierno el intendente Eduardo Burna aclaro cuales son las medias a nivel que están permitidas en esta nueva etapa de cuarentena
En el marco del día del Padre que se celebra el próximo 21 de junio, el comunicado estable la autorización para reuniones de hasta 10 personas, solo aplicable para los hijos que pueden visitar a padres. También están autorizadas las visitas al cementerio local en el horario de 08 a 18 horas
Se habilitan también en consonancia con lo dispuesto por provincia las celebraciones litúrgicas de hasta 10 personas o feligreses, mientras que para el transporte público se autoriza el uso de hasta el 50 de la capacidad
Para las actividades deportivas quedan autorizadas el uso de Kayak, Piragua, Remo en general para la navegación o a vela desde las 07 hasta las 18 horas todos los días. También quedan autorizadas la pesca deportiva con devolución con solo el 50 por ciento de la capacidad de la embarcación solo para los ituzaingueños
Por último en el comunicado el intendente recuerda el uso obligatorio de barbijos en todos los casos, el distanciamiento social y cumpliendo con las practicas sanitarias ya conocidas
El gobierno de Corrientes también informo a la prefectura las disposiciones para la navegación y la pesca:
A las Autoridades de: PREFECTURA NAVAL ARGENTINA Habiéndose autorizado en todo el territorio de la Provincia la práctica de la pesca de Subsistencia, de costa, comunícale que las especies que pueden ser sustraídas del rio son: Armado: Medida Mínima: 45cm cantidad 5 (Cinco ) Piezas por persona, por día. Bagres: Medida Mínima: 20cm cantidad 5 )Cinco) piezas por persona, por día. Boga: Medida Mínima: 45cm cantidad 5 (Cinco) por persona, por dia Mandure: Medida mínima: 40cm. Cantidad por persona 5(Cinco) por persona Por día.- Moncholos Medida Mínima 30cm Cantidad 5 Cinco) por persona por día Palometa: Medida mínima 20cm. Cantidad por persona 10(Diez) por persona por día. Pati Medida mínima: 70cm. Cantidad por persona 3(Tres) por día.- Las especies arriba detalladas corresponden a las especies que habitualmente se autorizan para el ejercicio de la actividad de pesca de subsistencia. En lo que hace al distanciamiento según establece el DNU vigente, eso lo debe determinar cada uno de los Intendentes de los distintos departamentos de la Provincia, en conjunto con las Fuerzas de Seguridad destacadas al efecto, al igual que la cantidad de personas permitida por embarcación.-